Ley General del Ambiente: N°28611

Titulo I: Política Nacional del Ambiente (PNA) y Gestión Ambiental

Cap 1: Aspectos generales:

  • Objetivo: Derecho a un amb saludable, equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Cumplimiento a contribuir en una gestiom ambiental efectiva y proteger el ambiente, y sus componentes. Objetivo de mejorar la calidad de vida de lapoblación y desarrollo sost del país.

Cap 2: PNA

  • Obj: garantizar a largo plazo la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales. Desarrollo sost del paus, mediante la PREvencion, PROteccion y REcuperacion del amb y sus comp. Aprovechamiento sostenible y conservacon de recursos nat.

  • DS N 018-2009-MINAM: Se aprueba el reglamento de uso turistico en ANP . Reglas reguladas y autorizadas x SERNANP.

  • Promueve el uso y desarrollo de tecnologias, metodos y practicas de: produccion, comercializacion y disposicion final mas limpias.
  • Promueve aprovechamiento sostenible de recursos nat, incluye: div biolog, proteccion y recup de ecosistemas, sps, y patrimonio genetico.
  • Promueve preservacion de patrones culturales, conocimientos y estilos de vida de las comunidades tradicionales y pueblos indigenas, para el desarrollo sost de zonas urbanas y rurales.
  • Promueve ed amb e inf cient.
  • BUSCA LA PROMOCION Y DEFENSA DE LOS INTERESAS DEL ESTADO, EN ARMONIA CON LA PNA
  • Cooperar en conservacion y usos sost de div biol marina en zonas mas alla de los limites de la jursidiccion nacional, conforme al derecho internacional.

Cap 3: Gestión Ambiental

  • SNGA:

    • Sistema Nacional de Gestion Ambiental: cargo de integracion funcional y territorial de la politica, normas e IGA, relaciones de coordinacion con instituciones del ESTADO y sociedad civil, en materia ambiental.
    • Constituido x organos estatales, oficinas y ministerios , organismos publicos descentralizados, e inst publicas a nivel nacional, regional y local: que ejerzan funciones ambientales y recursos naturales.
  • IGA:

    • Inst de Gestion Amb: mecanismos orientados a la ejecucion de la politica ambiental.
    • pueden ser para Planificacion, promocion, prevencion, control, correccion, informacion, financiamiento, participacion, fiscalizacion.
    • Incluye entonces: sistemas de gestion amb, ordenamientos terrotiales ambientales, eia, planes de cierre, de contingencias, eca, contabilidad ambiental, estrategias, planes, programas de prevencion, participacion ciudadana, plan integral d gestion de residuos, instrumentos de fiscalizacion y sancin ambiental, clasificacion de sps de proteccion.
  • Sistema Nacional de EIA: SEIA

    • Toda construccion, obra, servicio y otra act, que cause impactos amb de caracter significativo, esta sujeta al SEIA.
    • Administrado x la Aturidad AMb Nacional.
  • EIA:

    • Es un IGA que contiene la descripcion de la actividad propuesta, sus efectos directos e indirectos en el medio ambiente fisico, social, a corto y largo plazo, y su evaluacion tecnica. Indica las medidas para evitar o reducir daño, incluye resumen.
  • PAMA:

    • Programas de Adecuacion y Manejo Ambiental
    • Facilita la adecuacion de una act economica a obligaciones ambientales. Asegura su cumplimiento con un cronograma en plazos, con objetivos y metas especificos, con medidas de prevencion,control, mitigacion, recuperacion y compensacion si corresponde.
    • Con informes de seguimiento, disponibles al publico.
  • Planes de cierre de actividades
  • Declaratoria de Emergencia Ambiental:

    • cuando ocurre un daño amb subito y significativo ocasionado x causas nat o tecnologicas.
  • Normas transitorias de calidad ambiental de carácter especial:

    • cuando se dictan normas ambientales transitorias de aplicacion especifica en zonas criticas o afectadas x desastres, con proposito de contribuir a recuperacion, superar sit de emergencia. Incluye, aprobacion de otras normas o parametros, guias, directrices.
  • Planes de descontaminacion y tratamiento de pasivos ambientales.
  • ECA:

    • Medida q establece el nivel de concentracion o grado de elementos, sustancias o parametros fisicos, quimicos y blgicos, presentes en aire, agua o sueño, en su condicion de cuerpo receptor.
    • Que no representan riesgo sig para salud de personas ni amb.
    • El PAMA y el EIA debe cumplir con todos los ECA,sino NO se da la certificacion ambiental del SEIA.
  • LMP:

    • Medida q establecel el nivel de concentracion o grado de elementos, sustancias o parametros fisicos, quimicos y blgicos, que caracterizan a un efluente o emisión, q al ser excedida causa o puede causar daños a salud humana y amb.
  • Elaboracion de ECA y LMP: x la Autoridad Ambiental Nacional, luego remitido al consejo de ministros para aprobacion x DS.
  • Autoridad Amb Nacional sanciona a los q no cumplen ECA.
  • SINIA:

    • Sist Nacional de Info Ambiental
    • red de integracion tecnologica, institucional y tecnica para facilitar sistematizacion, acceso y distrib de info amb.
  • Instrumentos económicos:

    • incentivos economicos.

Cap 4: Acceso a la Info Amb y Participacion Ciudadana

  • La Autoridad Ambiental Nacional establece los lineamientos para el dise?o de mecanismos de participaci?n ciudadana ambiental, que incluyen

    • Consultas y audiencias p?blicas,
    • encuestas de opini?n,
    • apertura de buzones de sugerencias,
    • publicaci?n de proyectos normativos,
    • grupos t?cnicos
    • mesas de concertaci?n.

TITULO II: DE LOS SUJETOS DE LA GESTI?N AMBIENTAL

Cap 1: Organizaci?n del Estado

  • La Autoridad Ambiental Nacional ejerce funciones coordinadoras y normativas, de fiscalizaci?n y sancionadoras, para corregir vac?os, superposici?n o deficiencias en el ejercicio de funciones y atribuciones ambientales nacionales, sectoriales, regionales y locales en materia ambiental.

Cap 2: Autoridades P?blicas

  • CONAM: Consejo Nacional del Ambiente - es la Autoridad Ambiental Nacional y ente rector del Sist Nacional de Gesti?n Ambiental (SNGA),
  • TRANSECTORIAL:Las autoridades regionales y locales con competencia ambiental, coordinan y consultan entre s? y con las autoridades nacionales, con el fin de armonizar sus pol?ticas, evitar conflictos o vac?os de competencia y responder, con coherencia y eficiencia, a los objetivos y fines de la presente Ley y del Sistema Nacional de Gesti?n Ambiental.

Cap 3: Poblaci?n y Ambiente

  • Asentamientos poblacionales: aseguren condiciones adecuadas de habitabilidad en las ciudades y poblados del pa?s, as? como la protecci?n de la salud, la conservaci?n y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la diversidad biol?gica y del patrimonio cultural asociado a ellas.
  • La prevenci?n de riesgos y da?os a la salud de las personas es prioritaria en la gesti?n ambiental.

    • construcci?n y administraci?n de infraestructura apropiada
    • la gesti?n y manejo adecuado del agua potable,
    • las aguas pluviales,
    • las aguas subterr?neas,
    • el sistema de alcantarillado p?blico,
    • el reuso de aguas servidas,
    • la disposici?n de excretas
    • los residuos s?lidos
  • Fomenta participacion, proteccion, respeto, reconocimiento y contribuye a aplicar los conocimientos de pueblos indigenas, comunidades campesians y nativas.
  • Los estudios y proyectos de exploraci?n, explotaci?n y aprovechamiento de recursos naturales que se autoricen en tierras de pueblos ind?genas, comunidades campesinas y nativas, adoptan las medidas necesarias para evitar el detrimento a su integridad cultural, social, econ?mica ni a sus valores tradicionales.
  • En caso de proyectos o actividades a ser desarrollados dentro de las tierras de poblaciones ind?genas, comunidades campesinas y nativas, los procedimientos de consulta se orientan preferentemente a establecer acuerdos con los representantes de ?stas, a fin de resguardar sus derechos y costumbres tradicionales, as? como para establecer beneficios y medidas compensatorias por el uso de los recursos, conocimientos o tierras que les corresponda seg?n la legislaci?n pertinente.

Cap 4: Empresa y Ambiente

  • El titular de operaciones debe adoptar prioritariamente medidas de prevenci?n del riesgo y da?o ambiental en la fuente generadora de los mismos, as? como las dem?s medidas de conservaci?n y protecci?n ambiental que corresponda en cada una de las etapas de sus operaciones, bajo el concepto de ciclo de vida de los bienes que produzca o los servicios que provea.
  • Medidas de produccion limpia:

    • Control de inventarios
    • flujo de materias primas e insumos
    • sustitucion de ciertas mat primas
    • mantenimiento y sustitucion de equipos
    • tecnologia aplicada
    • sustitucion de combustibles o control
    • otras fuentes energeticas
    • reingenieria de procesos
    • practicas de produccion
    • reestructuracion o dise?o de servicios y bienes
    • ecoetiquetado : dolphinsafe.

TITULO III: INTEGRACION DE LA LEGISLACION AMBIENTAL

Cap 1: Aprovechamiento sostenible de los recursos naturales

  • Recursos naturales: componentes de la anturaleza susceptibles a ser aprovechados x el ser humano, con un valor actual o potencial en el mercado.
  • El Estado promueve y apoya el manejo sostenible de la fauna y flora silvestres, priorizando la protecci?n de las especies y variedades end?micas y en peligro de extinci?n, en base a la informaci?n t?cnica, cient?fica, econ?mica y a los conocimientos tradicionales.

Cap 2: Conservacion de la Diversidad Biologica

  • Mantenimiento de procesos ecologicos, ecosistemas, especies y genes.
  • rol de la div.
  • Dar enfoque ecosistemico en la planificacion de uso de ecosist y recursos nat.
  • Valorizacion de servicios ambientales
  • tener sistemas de alerta y prevencion
  • promocion del conocimiento de procesos y ciclos
  • promocion de politicas para el uso de tierra
  • autoridades p?blicas adoptan medidas de protecci?n especial para los ecosistemas fr?giles
  • El Estado asegura la continuidad de los procesos ecol?gicos y evolutivos, as? como la historia y cultura del pa?s mediante la protecci?n de espacios representativos de la diversidad biol?gica y de otros valores asociados de inter?s cultural, paisaj?stico y cient?fico existentes en los espacios continentales y marinos del territorio nacional, a trav?s del Sistema Nacional de ?reas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE
  • Areas Naturales Protegidas: ANP son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos, establecidos y protegidos legalmente por el Estado, debido a su importancia para conservar la diversidad biol?gica y dem?s valores asociados de inter?s cultural, paisaj?stico y cient?fico, as? como por su contribuci?n al desarrollo sostenible del pa?s. Son de dominio p?blico y se establecen con car?cter definitivo.

Cap 3: Calidad Ambiental

  • Identificar y controlar los factores de riesgo a la calidad del ambiente y sus componentes.
  • Las empresas o entidades que desarrollan actividades extractivas, productivas, de comercialización u otras que generen aguas residuales o servidas, son responsables de su tratamiento, a fin de reducir sus niveles de contaminación hasta niveles compatibles con los LMP, los ECA y otros estándares establecidos en instrumentos de gestión ambiental, de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes. El manejo de las aguas residuales o servidas de origen industrial puede ser efectuado directamente por el generador, a través de terceros debidamente autorizados a o a través de las entidades responsables de los servicios de saneamiento.

Cap 4: Ciencia, Tecnología y Ambiente

  • La investigación científica y tecnológica está orientada, en forma prioritaria, a proteger la salud ambiental, optimizar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y a prevenir el deterioro ambiental, tomando en cuenta el manejo de los fenómenos y factores que ponen en riesgo el ambiente; el aprovechamiento de la biodiversidad, la realización y actualización de los inventarios de recursos naturales y la producción limpia y la determinación de los indicadores de calidad ambiental.

TITULO IV: RESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTAL

Cap 1: Fiscalización y Control

  • La fiscalización ambiental comprende las acciones de vigilancia, control, seguimiento, verificación y otras similares, que realiza la Autoridad Ambiental Nacional y las demás autoridades competentes a fin de asegurar el cumplimiento de las normas y obligaciones establecidas en la presente Ley, así como en sus normas complementarias y reglamentarias. La Autoridad competente puede solicitar información, documentación u otra similar para asegurar el cumplimiento de las normas ambientales.

Cap 2: Regimen de Responsabilidad por el Daño Ambiental

  • Incluye: multas, amonestacion, decomiso, paralizacion, suspension o cancelacion de permiso de licencia,

Cap 3: Medios para la Resolucion o Gestion de Conflictos Ambientales

  • Es deber del Estado fomentar el conocimiento y uso de los medios de resolución y gestión de conflictos ambientales, como el arbitraje, la conciliación, mediación, concertación, mesas de concertación, facilitación, entre otras, promoviendo la transmisión de conocimientos, el desarrollo de habilidades y destrezas y la formación de valores democráticos y de paz. Promueve la incorporación de esta temática en la currícula escolar y universitaria.

En tanto no se establezcan en el país, Estándares de Calidad Ambiental, Límites Máximos Permisibles y otros estándares o parámetros para el control y la protección ambiental, son de uso referencial los establecidos por instituciones de Derecho Internacional Público, como los de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

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ECA

ECA SUELO

  • Autoridad Ambiental Nacional dirige el proceso de elaboración y revisión de ECA y,en coordinación con los sectores correspondientes, elabora o encarga las propuestas de ECA, las que serán remitidas a la Presidencia del Consejo de Ministros para su aprobación mediante decreto supremo.

  • Categorias:

    • Suelo agrícola: Suelo dedicado a la producción de cultivos, forrajes y pastos cultivados, desarrollo de ganadería
    • Suelo residencial/parques: Suelo ocupado por la población para construir sus viviendas, incluyendo áreas verdes y espacios destinados a actividades de recreación y de esparcimiento.
    • Suelo comercial: Suelo en el cual la actividad principal que se desarrolla está relacionada con operaciones comerciales y de servicios.
    • Suelo industrial/extractivo: Suelo en el cual la actividad principal que se desarrolla abarca la extracción y/o aprovechamiento de recursos naturales (actividades mineras, hidrocarburos, entre otros) y/o, la elaboración, transformación o construcción de bienes.
  • Metodologia validada y acreditada por la ILAC:InternationalLaboratory Accreditation Cooperation (ILAC)
  • EPA: Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (Environmental Protection Agency).

AIRE

  • Zonas de Atención Prioritaria son aquellos centros poblados que cuenten con actividades económicas que planteen real o potencial afectación en la calidad del aire, que posean actividad vehicular ambientalmente relevante, o que cuenten con una dinámica urbana que implique un potencial incremento de emisiones atmosféricas.

  • Incluyen: Periodo y valor

    • Anual
    • Mensual
    • 24 h
    • 8 h
    • 1 h
  • El “Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad Ambiental del Aire”, es un instrumento que permite estandarizar los criterios técnicos para el monitoreo ambiental del aire en el país, a fin de generar información de calidad, comparable, compatible, confiable y representativa.

AGUA

  • Categoria 1: Poblacional y Recreacional

    • Subcategoria A: Aguas superficiales destinadas a la prod de agua potable

      • A1: Aguas q pueden ser potabilizadas con desinfeccion
      • A2: Aguas q pueden ser potabilizadas con tratamiento convencional
      • A3: Aguas q pueden ser potabilizadas con tratamiento avanzado
    • Subcategoria B: Aguas superficiales destinadas para recreacion

      • B1: Contacto primario
      • B2: Contacto secundario
  • Categoria 2: Extraccion, cultivo, y otras act marino costeras y continentales

    • Subcategoria C:

      • C1: Extraccion y cultivo de moluscos, equinodermos y tunicados en aguas marino costeras.
      • C2: Extraccion y cultivo de otras sps hidrobiologicas en aguas marino costeras
      • C3: Actividades marino portuarios, industriales o de saneamiento en aguas marino costeras.
      • C4: Extraccion y cultivo de sps hidrobiologicas en lagos, lagunas.
  • Categoria 3: Riego de vegetales y bebida de animales.

    • Subcategoria D:

      • D1: Riego de vegetales

        • Agua para riego no restringido
        • Agua para riego restringido (mas tolerancia del ECA)
      • D2: Bebida de animales

  • Categoria 4: Conservacion del Ambiente Acuatico. (cuerpos de agua en ecosist fragiles, anp y zonas de amortiguamiento)

    • Subcategoria E:

      • E1: Lagunas y lagos
      • E2: R