1. Objetivo

El objetivo de este análisis es determinar si, de acuerdo con los montos transados durante la vigencia del convenio actual, es pertinente o no que las bases de licitación del nuevo convenio marco de Endoprótesis (ID 2239-16-LR15) sean enviadas y aprobadas por la Contraloría General de la República (CGR).

1.1 Simplificación de la toma de razón

En marzo de 2019, la CGR concretó la nueva resolución de toma de razón que reemplaza la antigua Resolución N° 1.600. En esta nueva Resolución, específicamente en su Resolución N° 8 publicada en el Diario Oficial, determina los montos, en U.T.M, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a contoles de reemplazo cuando corresponda.

1.2 Montos sujetos a toma de razón

Según lo expuesto en el punto anterior, el Artículo 1° de la Resolución N°8 señala que quedarán sujetos a toma de razón los siguientes casos:

  • Transferencias de recursos, con o sin convenio, cuyo monto supere las 20.000 UTM y donde la competencia territorial correpsponda al Nivel Central de la CG, a la Contraloría Regional Metropolitana y a la II Contraloría Regional Metropolitana Humberto Mewes.

  • Transferencias de recursos, con o sin convenio, cuyo monto supere las 15.000 UTM y donde la competencia territorial corresponda a las Contralorías Regionales de Valparaíso y del Biobío.

  • Transferencias de recursos, con o sin convenio, cuyo monto supere las 5.000 UTM y donde la comperencia territorial correponda a las Contralorías Regionales de Arica y Parinacota; de Tarapacá; de Antofagasta; de Atacama; de Coquimbo; del Libertador General Bernardo O’Higgins; del Maule; de Ñuble; de La Araucanía; de Los Ríos; de Los Lagos; de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y la Antártica Chilena.

Con esto, se analizarán los montos transados por el convenio marco de Artículos de Papelería para determinar la pertinencia de enviar las bases de licitación a la CGR para su aprobación.

2. Análisis de órdenes de compra

2.1 Estadísticas generales

El siguiente análisis considera las transacciones de las órdenes de compra generadas en el actual Convenio Marco de Órtesis, Prótesis, Endoprótesis e Insumos de Salud. Para esto se toman en cuenta los tipos de productos seleccionados para el nuevo Convenio Marco a licitar (productos pertenecientes a la categoría de “Endoprótesis”). El siguiente cuadro muestra, de manera sencilla, la orden de compra más pequeña, la más grande, la orden de compra promedio, y la mediana (todas en UTM) con el fin de ilustrar el comportamiento general del convenio marco.

Montos (UTM) para el CM de Endoprótesis
Monto (UTM)
OC Mínima 0.4268238
OC Máxima 7578.8394951
Promedio 82.5898978
Mediana 40.2449743

Así, se observa que el promedio de las órdenes de compra es de 82,59 UTM, mientras que la órden de compra mayor fue de 7.578,84 UTM.

2.2 Análisis gráfico

El siguiente gráfico muestra la distribución de las órdenes de compra por monto transado en UTM durante toda la vigencia del convenio marco. La línea vertical verde indica el valor de la órden de compra promedio (82,59 UTM), mientras que la línea roja señala el límite mínimo propuesto por CGR para la toma de razón (5.000 UTM).

En este caso se muestra la concentración de órdenes de compra en torno al promedio de 82,59 UTM.

2.2.1 Gráfico detallado

A partir del punto anterior, sebemos que la concentración de las órdenes de compra se encuentra cercana al promedio, sin embargo, existen ódenes de compra distribuídas que alcanzan altos montos en UTM (Sobre 1000) . Para ver esto en mayor detalle, se muestra el gráfico considerando montos de UTM más pequeños, donde la línea vertical azul indica donde se ubica el nuevo valor para compra ágil (30 UTM).

3. Determinación del tope de monto máximo

El siguiente cuadro muestra la situación en que se encontrarían las órdenes de compra del convenio marco actual según distintos montos topes en UTM (1.000, 2.500, 5.000 y 10.000). De este modo, se observa la cantidad de OC, el porcentaje de OC, la suma total en UTM de esas OC y el porcentaje del total de las OC en UTM para cada uno de estos topes:

OC’s ‘fuera’ de los topes fijados
Cant. OC % del total de OC Suma UTM % del total de UTM
Sobre 1.000 UTM 14 0.0758068 45198.58 2.963316
Sobre 2.500 UTM 7 0.0379034 37590.54 2.464517
Sobre 5.000 UTM 4 0.0216591 26986.01 1.769261
Sobre 10.000 UTM 0 0.0000000 0.00 0.000000

Así es posible mostrar que todas las órdenes de compra del actual convenio marco se encuentran bajo las 10.000 UTM (la orden de compra más grande es de 7.578,84 UTM), por lo que, para poder incluir eventuales grandes compras en el nuevo convenio marco, es conveniente fijar el monto máximo en 5.000 UTM (se estaría dejando solamente un 1,8% del monto total transado fuera del convenio).

4. Conclusiones

A partir de lo desarrollado anteriormente, se pudo obtener que la órden de compra mayor del convenio marco de Endoprótesis (considerando solamente los tipos de producto seleccionados) fue de 82,59 UTM, muy por debajo del monto que obliga a enviar las bases de licitación a toma de razón (5.000 UTM). Además, graficamente se ve que la concentración de las órdenes de compra se encuentran en torno a la órden de compra promedio (82,59 UTM) Con esto, se sugiere no enviar las bases de licitación a toma de razón por la CGR, y que, para poder considerar eventuales grandes compras en el nuevo convenio marco, se fije un tope de 5.000 UTM como monto máximo para las órdenes de compra.

5. Anexo

Para este convenio marco de Endoprótesis, se genera una distribución de órdenes de compra por tramos de UTM para poder establecer los tramos de descuento:

Distribución de OC’s en UTM
Cant. OC Suma Monto (UTM)
0-10 UTM 1106 5988.367
11-30 UTM 4329 92782.312
31-100 UTM 9648 490239.360
101-500 UTM 2952 598728.869
501-1000 UTM 419 292332.745
1001-1500 UTM 7 7608.040
1501-2000 UTM 0 0.000
2001-2500 UTM 0 0.000
2501-3000 UTM 1 2883.705
3001-3500 UTM 1 3160.173
3501-4000 UTM 0 0.000
4002-4500 UTM 0 0.000
4501-5000 UTM 1 4560.654
>5000 UTM 4 26986.007

Gráficamente: